A día de hoy, es muy fácil encontrarnos con «profesionales» que se identifican como peritos informáticos pero que no cuentan con la formación y titulaciones necesarias para el ejercicio profesional.
El Tribunal Supremo, en su reciente STS 1216/2018, determina que la colegiación de oficio para evitar el ejercicio irregular de las profesiones, es legal. En esta sentencia, se determina que si un profesional está ejerciendo la profesión correspondiente, dicho profesional ha de estar colegiado.
La colegiación debe entenderse como una garantía de control del ejercicio profesional, para que el usuario o cliente de los servicios prestados por los profesionales, estén protegidos frente a posibles actuaciones negligentes, poco éticas e, incluso, intrusivas.
En el caso del peritaje informático y del ejercicio de la profesión de perito informático, pese a que la Ingeniería Informática es la única profesión de ingeniería no regulada por el Estado en España (lo cual genera numerosos proyectos fallidos y, por tanto, numerosas estafas, entre otros problemas muy graves para la sociedad en general y los clientes en particular), los Tribunales de Justicia ya han comenzado a tomar decisiones en la línea de determinar que un perito informático, en posesión de titulación oficial, es el único habilitado para emitir dictámenes periciales informáticos. Existen sentencias en las que se establece que una pericial informática emitida por un perito informático sin titulación oficial no debería ser tenida en cuenta.
La colegiación es la única garantía de que el que profesional contratado está en posesión de la titulación oficial y no está inhabilitado, por lo tanto, confíe únicamente en peritos informáticos colegiados.
Por lo tanto, a la hora de contratar un perito informático debemos exigir que nos muestre su número de colegiado por un lado, y que nos muestre la titulación oficial correspondiente (Ingeniería Informática) para que su pericia no pueda ser tachada en una ratificación oral por un juez. En caso contrario, la parte contraria podría solicitar la tacha del perito por no tener la cualificación adecuada y anular el informe pericial emito por este, con las terribles consecuencias que eso podría tener para el interesado en el juicio.